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Manual-NEE


DE LOS ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (NEE) INTEGRADOS AL AULA REGULAR.

INCLUSION EDUCATIVA.


 

En aras al principio constitucional de la igualdad, la Institución aplica las mismas disposiciones académicas y de convivencia  a  todos los estudiantes ya sea con NEE o sin ellas si bien se llevan a cabo los procedimientos de atención diferencial a los niños, niñas y adolescentes con NEE conforme a la normatividad, orientaciones y disposiciones en Inclusión Educativa, además de aplicar  EXCEPCIONALES a las normas.

 

DERECHOS.

1.   A ser atendidos en forma integral respetando sus ritmos y estilos de aprendizaje.

2.   A que los docentes sean flexibles en la implementación de la propuesta curricular a través de proyectos personalizados.

3.   A recibir apoyos pedagógicos que la institución les brinda a través del proyecto de inclusión educativa mediante:

       El apoyo de las fundaciones en la formación y seguimiento de los docentes para el manejo de los estudiantes

       Orientación individualizada en ciertos momentos y específicos.

       Adaptación de las actividades y evaluaciones.  

       Monitoria y acompañamiento de sus pares.

       Orientación psicosocial  a las familias.

       Remisión interdisciplinaria que apoyen el proceso educativo

       Activación de la ruta interinstitucional en apoyo a la red local.

 

4.   La evaluación del comportamiento debe seguir el mismo método empleado para cualquier proceso evaluativo y de mejoramiento y por tanto debe ser continuo y permanente.  En ellas participan todas las personas que tienen que ver con la formación del estudiante con NEE; para que haya más objetividad, se ha establecido que en el  observador se consignen los compromisos, cambios de actitud y resultados, al igual que toda la buena acción, resultados y conductas proactivas, positivas y valores individuales demostrados.

5.   En la hoja de vida se anotarán semestral las acciones a que diera lugar el comportamiento del estudiante con NEE tanto positivo como por mejorar, según el seguimiento del observador.

6.   Los educadores de cada grado al finalizar el desarrollo de unidades y/o proyectos analizarán el proceso de desarrollo formativo, destacando sus logros y/o correctivos a seguir.

7.   A tener un acompañamiento  profesional  por parte de la familia (grupo interdisciplinario)  en jornada contraria. Esta labor profesional también podrá ser llevada a cabo por un profesional de la Institución si se cuenta con el servicio, dentro del proceso de orientación escolar, es decir, por el docente orientador o psico-orientador u otro profesional como un licenciado en necesidades educativas especiales, entre otros.

 

 

NORMAS PARA LA ACTIVIDAD ACADÉMICA.

 

1.   El estudiante debe asistir a una fundación de apoyo donde sea atendida su discapacidad y facilite a la institución el apoyo y las orientaciones para el proceso de los estudiantes con NEE.

2.   Participar en la construcción de los procesos que los lleven a ser personas independientes y funcionales acordes con sus características específicas.

3.   A que se les implemente un programa curricular acorde a sus capacidades.

4.   A que se les evalúe teniendo en cuenta sus procesos de rendimiento académico.

5.   A recibir un informe en cada periodo que dé cuenta real de sus progresos.

6.   Responder por los compromisos académicos diseñados para ellos en forma específica.

 

 

DEBIDO PROCESO ANTE SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA

ESCOLAR

 

PROCEDIMIENTOS EXCEPCIONALES ANTE SITUACIONES TIPO I, II Y III :Cuando se trate de situaciones que son comunes a todos los niños, (por ejemplo las situaciones típicas clasificadas tipo I ) el manejo será acorde a lo estipulado en el Manual de Convivencia, pero en especial las siguientes:

 

1.     llamadas de atención verbal en forma individualizada para la regulación de sus conductas.

2.     privación temporal de actividades de su agrado.

3.     Aplicación de la estrategia time out (tiempo fuera)

4.     Pausas activas.

5.     Asignación de tareas operativas al interior del grupo.

6.     Regulación de tareas y actividades propuestas.

 

 

SITUACIONES: En el caso de los niños con NEE, el marco de procedimientos y actuaciones institucionales, será el mismo para todos, desde la activación de los protocolos, sin embargo estos niños son sujetos de flexibilizaciones razonables en la aplicación de las normas, siempre y cuando no se vulneren los derechos de los demás compañeros.

 

 

       SITUACIONES TIPO I

Cuando se trate de situaciones tipo I y repetitivas, será necesario que el padre o acudiente esté presente a la hora de firmar el llamado de atención y en compañía del consejero de grupo  y el docente del proyecto de atención a NEE, para plantear estrategias para mejorar el comportamiento del estudiante.

 

Esto deberá ser consignado en el observador debidamente firmado por el padre de familia o acudiente.

 

       SITUACIONES TIPO II

Cuando se trata de situaciones tipo II, será necesario que el padre o acudiente, esté presente a la hora de tomar decisiones, que van desde identificar los factores de predisposición o desencadenantes que anteceden a la situación cometida, ponerlo bajo observación  y hacerle seguimiento en ocho días hábiles. Si la conducta persiste, se hace una remisión al profesional competente externo o de la Institución si se cuenta con este servicio, a quien se le pedirá tratamiento y sugerencias de manejo tanto escolar como familiar. Aplicando el debido proceso se procede con la firma del contrato comportamental y por tanto deberá asistir a las actividades de proyecto de vida. Si es necesario y la situación interfiere en la dinámica escolar, el padre deberá permanecer con su hijo en la institución mientras se extinga la conducta.

 

       SITUACIONES TIPO III.

Cuando se trata de situaciones TIPO III se procederá de la misma manera que en las situaciones TIPO II. Se hace un estudio de la conducta presentada, para lo cual interviene el orientador escolar quien presentará un informe en reunión entre: él o los estudiantes, los padres de familia, el consejero de grupo, el orientador escolar, el personero y un integrante más del Comité de Convivencia; en esta reunión se plantearan estrategias para ser desarrolladas conjuntamente en la institución y en la familia; dentro de las exigencias podrá ser necesario la vinculación del estudiante y su familia a un programa ESPECIALIZADO que atienda la conducta presentada. Se dará aplicación dentro de este protocolo a las condiciones generales que requieran la activación de la  Ruta de Atención Integral, esto es el llamado a las autoridades competentes o la remisión a las demás entidades encargadas de los procesos de restablecimiento de derechos. El orientador escolar y el consejero de grupo harán el respectivo seguimiento a los compromisos y actuaciones llevadas a cabo y presentará un informe final al Comité de Convivencia.

 

INASISTENCIA E  IMPUNTUALIDAD DE ESTUDIANTES CON NEE:

 

Al estudiante con NEE se le dará un tiempo prudencial acorde a sus  capacidades para el acatamiento de la norma en cuanto al cumplimiento de horario.  Luego de este tiempo, se procederá como se hace con los demás estudiantes.

 

DE LA EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO DE ESTUDIANTES CON NEE:

Los estudiantes con NEE,  serán promovidos de acuerdo con el alcance de los logros planteados en su proyecto personalizado, considerado éste como un programa individual y flexible que contiene las competencias a desarrollar en cada uno de ellos acorde con sus capacidades y/o habilidades

 

Ø  Continua: El seguimiento permanente del estudiante permite a la vez, establecer un juicio comparativo de acuerdo a su ritmo de aprendizaje, sus  talentos, habilidades y  actitudes.  

 

Ø  Diferencial: Los métodos o instrumentos de evaluación serán los mismos para los estudiantes con NEE o sin ellas. Sin embargo los docentes podrán diseñar otras herramientas de evaluación acordes al ritmo de aprendizaje antes señalado.

 

Ø  Flexible: Que tenga en cuenta los ritmos de desarrollo del estudiante en sus diferentes aspectos; por consiguiente, debe considerar la historia de éste, sus intereses, sus capacidades, sus limitaciones y, en general, su situación concreta.

 

Ø  Interpretativa: Que busque comprender el significado de los procesos y los resultados de la formación del estudiante.

 

Ø  Participativa: Que involucre a varios agentes, que propicie la autoevaluación y la coevaluación.

 

Ø  Formativa: Que permita reorientar los procesos educativos de manera oportuna, a fin de lograr su mejoramiento.

 

Los estudiantes con NEE que hayan requerido de flexibilizaciones curriculares serán promovidos de grado,  siempre y cuando alcance los logros y objetivos de cada área,  según su ritmo de aprendizaje y se valorarán de acuerdo a la ley 1618 de 2013 “Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad". De no alcanzar los logros y objetivos es la Comisión de evaluación y promoción quien determinará la promoción o no del estudiante al grado siguientes. 


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