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Gobierno Escolar: Instancias
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Dentro de los procesos adelantados en el Institución Educativa El Rosario, bien
sea en lo académico o comportamental y dentro del marco del debido proceso, las
instancias para el tratamiento de las dificultades, el diálogo, la concertación
o las apelaciones que el estudiante y el padre de familia o acudiente puedan realizar,
son las siguientes:
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Consejo Directivo
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El consejo Directivo es la instancia directiva de participación de la Comunidad
Educativa en la orientación académica, comportamental y administrativa de la institución.
Conforme al Artículo 142 de la ley 115, Decreto reglamentario 1860 de 1994 y Decreto
1286 del año 2002 está integrado por:
- El (la) Rector(a), quien lo presidirá y convocará ordinariamente, una vez por mes
y extraordinariamente cuando lo consideres conveniente.
- Dos representantes del personal docente elegidos por mayoría de los votantes en
una asamblea de docentes.
- Dos representantes de los padres de familia elegidos por la junta directiva de la
Asociación de Padres de Familia.
- Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de estudiantes, entre
los que se encuentren cursando el último grado ofrecido por la institución.
- Un representante de los egresados (si la institución cuenta con ellos) elegido por
el consejo directivo, entre ternas presentadas por las organizaciones que aglutinan
la mayoría de ellos o en su defecto por quien haya ejercido en el año inmediatamente
anterior el cargo de representante de los Estudiantes.
- Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local, o subsidiariamente
de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento
educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo de candidatos
propuestos por las respectivas organizaciones.
Funciones:
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Consejo AcadÉmico
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El Consejo Académico está integrado como instancia superior, para participar en
la orientación pedagógica de la Institución. Acogiéndolos al Artículo 145 de la
ley 115 de 1994 y al Articuló de Decreto 1860 de 1994, los integrantes del Consejo
Académico son:
- Rector(a) quien lo preside.
- Coordinador(a) académico.
- Coordinadores de área.
- Coordinador(a) comportamental.
- Secretario(a) a académica.
Funciones:
- Servir de órgano consultor del Consejo Directivo y del Consejo Superior,
en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
- Reunirse ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuando las
circunstancias así lo exijan, por convocatoria del Rector(a). Todas las decisiones
del Consejo se aprobarán por mayoría simple.
- Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo
las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en los Decretos
1860 y 1290 de 2009
- Estudiar el currículo y el plan de estudios, propiciar ajustes para
su mejoramiento continuo y orientar al profesorado en su ejecución.
- Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
- Participar en la Evaluación Institucional anual.
- Integrar las comisiones de evaluación y promoción para la evaluación
continua del rendimiento de los estudiantes, asignándoles sus funciones y supervisar
el proceso de evaluación. Decreto 1290 de 2009
- Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre su proceso
de evaluación.
- Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que
le atribuya el PEI.
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Comisión de Evaluación y Promoción
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Está reglamentada por el Consejo Académico, se nombra una por cada grado. Está integrada
por:
- El rector(a) o su delegado quien lo preside.
- Los coordinadores de grado respectivo.
- El padre delegado nombrado por el Consejo de Padres.
- Secretario(a) distinto a los anteriores integrantes.
Funciones:
- Analizar los casos de persistencia e insuficiencia en la consecución
de los logros de los estudiantes que presentan dificultades en tres o más áreas.
- Decidir la promoción de los estudiantes de todos los grados que hayan
obtenido los logros previstos del respectivo grado.
- Definir los elementos pedagógicos para el diseño de planes de apoyo
de los estudiantes y las áreas donde se presentan dificultades para el alcance de
los logros.
- Determinar la reprobación de los estudiantes que persisten en insuficiencias
o deficiencias en el proceso académico.
- Identificar los estudiantes que se destacan en su rendimiento académico,
eligiendo uno por grado para el cuadro de honor, uno para la mención de Honor en
el aspecto académico y otro para la mención de honor por estudiante integral.
- Recomendar la promoción anticipada para los estudiantes que cumplan
los requisitos considerados en la reglamentación de la Comisión de Evaluación y
Promoción.
- Aprobar las actividades complementarias en las áreas que presentan
deficiencias e insuficiencias significativas.
- Citar o aceptar personas para participar en las deliberaciones, para
recibir o dar informas.
- Asignarse su propio reglamento.
- Decidir la valoración comportamental de los estudiantes que presentaron
dificultades durante el periodo, soportadas en los diferentes instrumentos de seguimiento
y control y de acuerdo con el debido proceso.
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Comité Académico
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Es una instancia del Consejo Académico, está integrado por:
- Coordinador(a) Académico.
-
Coordinadores de área.
Funciones:
- Implementar el Plan Curricular de la Institución.
- Llevar un seguimiento de las actividades consideradas en el plan de
cada área y las metas establecidas en el proceso de formación comportamental y académico.
- Estructurar el Plan Operativo de Actividades.
- Evaluar continuamente el desarrollo del Plan Curricular.
- Operacionalizar la aplicación de criterios y pautas académicas por
parte de los docentes en el proceso de formación.
- Asesorar e impulsar el Proyecto Educativo Institucional de la Institución
Rosarista.
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Comité de Convivencia de Grupo
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Existe dentro del grupo de clase, está integrado por:
- Coordinador(a) comportamental o su delegado, quien lo convoca y lo
preside.
- El Consejero(a) de grupo.
- El representante de grupo.
- Monitores de área y/o asignatura.
En casos que lo ameriten se invitará a:
o Coordinador académico.
o Delegado de padres de Familia del grupo.
Funciones:
- Animar el normal comportamiento de sus compañeros de grupo para que
los procesos escolares se desarrollen en condiciones apropiadas.
- Tomar decisiones y resolver, en primera instancia, los conflictos
de convivencia al interior del grupo, teniendo en cuenta el conducto regular y el
tipo de falta.
- Exhortar a los que se marginan de sus deberes a orientar su comportamiento
con conciencia y respeto de los derechos e intereses colectivos (Articulo 1º. C.P.N).
- Implementar campañas internas de grupo y ambientar el aula en relación
con la calidad de convivencia, la identidad Rosarista, los derechos humanos, el
valor del buen comportamiento armónico en la convivencia escolar.
- Reunirse cada que se amerite para evaluar la calidad de convivencia
y el rendimiento escolar del grupo y la proyección en el marco institucional.
- Dejar constancia en un acta de las situaciones analizadas, determinando
con claridad las estrategias, compromisos y responsabilidades para hacerles seguimiento
y control a su aplicación.