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Manual-Gobierno escolar


Gobierno Escolar: Instancias


Dentro de los procesos adelantados en el Institución Educativa El Rosario, bien sea en lo académico o comportamental y dentro del marco del debido proceso, las instancias para el tratamiento de las dificultades, el diálogo, la concertación o las apelaciones que el estudiante y el padre de familia o acudiente puedan realizar, son las siguientes:

Consejo Directivo


El consejo Directivo es la instancia directiva de participación de la Comunidad Educativa en la orientación académica, comportamental y administrativa de la institución.
Conforme al Artículo 142 de la ley 115, Decreto reglamentario 1860 de 1994 y Decreto 1286 del año 2002 está integrado por:
  • El (la) Rector(a), quien lo presidirá y convocará ordinariamente, una vez por mes y extraordinariamente cuando lo consideres conveniente.
  • Dos representantes del personal docente elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.
  • Dos representantes de los padres de familia elegidos por la junta directiva de la Asociación de Padres de Familia.
  • Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de estudiantes, entre los que se encuentren cursando el último grado ofrecido por la institución.
  • Un representante de los egresados (si la institución cuenta con ellos) elegido por el consejo directivo, entre ternas presentadas por las organizaciones que aglutinan la mayoría de ellos o en su defecto por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los Estudiantes.
  • Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local, o subsidiariamente de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.

Funciones:

  • Tomar decisiones que afectan el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad.
  • Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los miembros de la Comunidad Educativa, después de haber agotado los procedimientos previstos en este Manual de Convivencia o Reglamento Estudiantil.
  • Adoptar el manual de Convivencia o Reglamento Estudiantil y demás manuales de la institución.
  • Asumir la defensa y la garantía de los derechos fundamentales de toda la Comunidad Educativa.
  • Participar en la planeación y evaluación de Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios, discutiendo y haciendo las recomendaciones del caso al Consejo Superior.
  • Estimular y velar por el buen funcionamiento de la institución.
  • Establecer estímulos y sanciones para el desempeño académico y social del estudiante, estos, han de incorporarse al manual de Convivencia o Reglamento Estudiantil.
  • Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
  • Establecer el procedimiento que debe seguirse para el uso de las instalaciones en la realización de las actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la Comunidad Educativa.
  • Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de grupos juveniles.
  • Actuar como organismo colegial en relación con lo comportamental y la búsqueda de la sana convivencia.
  • Fomentar la conformación de Asociaciones de Padres de Familia y Consejo de Estudiantes.
  • Reglamentar los procesos electorales previstos en el decreto 1860 del 3 de Agosto de 1994.
  • Recibir distintas sugerencias de los estamentos que constituyen la Comunidad Educativa para la toma de decisiones o sus correspondientes recomendaciones al Consejo Superior.
  • Ejecutar las actividades que le asigne el Consejo Superior.
  • Darse su propio reglamento de funcionamiento.

Consejo AcadÉmico


El Consejo Académico está integrado como instancia superior, para participar en la orientación pedagógica de la Institución. Acogiéndolos al Artículo 145 de la ley 115 de 1994 y al Articuló de Decreto 1860 de 1994, los integrantes del Consejo Académico son:

  • Rector(a) quien lo preside.
  • Coordinador(a) académico.
  • Coordinadores de área.
  • Coordinador(a) comportamental.
  • Secretario(a) a académica.

Funciones:

  • Servir de órgano consultor del Consejo Directivo y del Consejo Superior, en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
  • Reunirse ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuando las circunstancias así lo exijan, por convocatoria del Rector(a). Todas las decisiones del Consejo se aprobarán por mayoría simple.
  • Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en los Decretos 1860 y 1290 de 2009
  • Estudiar el currículo y el plan de estudios, propiciar ajustes para su mejoramiento continuo y orientar al profesorado en su ejecución.
  • Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
  • Participar en la Evaluación Institucional anual.
  • Integrar las comisiones de evaluación y promoción para la evaluación continua del rendimiento de los estudiantes, asignándoles sus funciones y supervisar el proceso de evaluación. Decreto 1290 de 2009
  • Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre su proceso de evaluación.
  • Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el PEI.

Comisión de Evaluación y Promoción


Está reglamentada por el Consejo Académico, se nombra una por cada grado. Está integrada por:

  • El rector(a) o su delegado quien lo preside.
  • Los coordinadores de grado respectivo.
  • El padre delegado nombrado por el Consejo de Padres.
  • Secretario(a) distinto a los anteriores integrantes.

Funciones:

  • Analizar los casos de persistencia e insuficiencia en la consecución de los logros de los estudiantes que presentan dificultades en tres o más áreas.
  • Decidir la promoción de los estudiantes de todos los grados que hayan obtenido los logros previstos del respectivo grado.
  • Definir los elementos pedagógicos para el diseño de planes de apoyo de los estudiantes y las áreas donde se presentan dificultades para el alcance de los logros.
  • Determinar la reprobación de los estudiantes que persisten en insuficiencias o deficiencias en el proceso académico.
  • Identificar los estudiantes que se destacan en su rendimiento académico, eligiendo uno por grado para el cuadro de honor, uno para la mención de Honor en el aspecto académico y otro para la mención de honor por estudiante integral.
  • Recomendar la promoción anticipada para los estudiantes que cumplan los requisitos considerados en la reglamentación de la Comisión de Evaluación y Promoción.
  • Aprobar las actividades complementarias en las áreas que presentan deficiencias e insuficiencias significativas.
  • Citar o aceptar personas para participar en las deliberaciones, para recibir o dar informas.
  • Asignarse su propio reglamento.
  • Decidir la valoración comportamental de los estudiantes que presentaron dificultades durante el periodo, soportadas en los diferentes instrumentos de seguimiento y control y de acuerdo con el debido proceso.

Comité Académico


Es una instancia del Consejo Académico, está integrado por:

  • Coordinador(a) Académico.
  • Coordinadores de área.


Funciones:

  • Implementar el Plan Curricular de la Institución.
  • Llevar un seguimiento de las actividades consideradas en el plan de cada área y las metas establecidas en el proceso de formación comportamental y académico.
  • Estructurar el Plan Operativo de Actividades.
  • Evaluar continuamente el desarrollo del Plan Curricular.
  • Operacionalizar la aplicación de criterios y pautas académicas por parte de los docentes en el proceso de formación.
  • Asesorar e impulsar el Proyecto Educativo Institucional de la Institución Rosarista.

Comité de Convivencia de Grupo


Existe dentro del grupo de clase, está integrado por:

  • Coordinador(a) comportamental o su delegado, quien lo convoca y lo preside.
  • El Consejero(a) de grupo.
  • El representante de grupo.
  • Monitores de área y/o asignatura.

En casos que lo ameriten se invitará a:
o Coordinador académico.
o Delegado de padres de Familia del grupo.

Funciones:

  • Animar el normal comportamiento de sus compañeros de grupo para que los procesos escolares se desarrollen en condiciones apropiadas.
  • Tomar decisiones y resolver, en primera instancia, los conflictos de convivencia al interior del grupo, teniendo en cuenta el conducto regular y el tipo de falta.
  • Exhortar a los que se marginan de sus deberes a orientar su comportamiento con conciencia y respeto de los derechos e intereses colectivos (Articulo 1º. C.P.N).
  • Implementar campañas internas de grupo y ambientar el aula en relación con la calidad de convivencia, la identidad Rosarista, los derechos humanos, el valor del buen comportamiento armónico en la convivencia escolar.
  • Reunirse cada que se amerite para evaluar la calidad de convivencia y el rendimiento escolar del grupo y la proyección en el marco institucional.
  • Dejar constancia en un acta de las situaciones analizadas, determinando con claridad las estrategias, compromisos y responsabilidades para hacerles seguimiento y control a su aplicación.

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